S1.06 LOTE UNICO - 11 PLAZAS DE APARCAMIENTOS Y 5 VIVIENDAS EN ALCALÁ DE GUADAIRA

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Alcalá de Guadaira, Sevilla
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
0,00 €
Tipo mínimo
584.487,47 €
Depósito de garantía
58.448,75 €
Descripción

Lote compuesto por 11 plazas de aparcamiento y 5 viviendas en Avenida de Santa Lucía, 17, Alcalá de Guadaira (Sevilla):

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº1 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.110 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº3 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.114 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº4 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.116 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº5 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.118 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº6 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.120 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº7 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.122 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº8 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.124 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº11 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.130 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº12 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.132 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº13 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.134 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • PLAZA DE APARCAMIENTO Nº14 EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.136 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • VIVIENDA Nº2 EN 1ª PLANTA EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.152 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • VIVIENDA Nº4 EN 1ª PLANTA EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.156 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • VIVIENDA Nº6 EN 1ª PLANTA EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.160 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • VIVIENDA Nº6 EN 1ª PLANTA EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.166 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra

  • VIVIENDA Nº11 EN 2ª PLANTA EN ALCALÁ DE GUADAIRA
    FR 56.170 inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Guadaíra
Datos del expediente
Expediente: GUADAIRA HOGAR S.L
Nº expediente: 655/2020
Entidad: Juzgado de lo Mercantil de Sevilla Nº2
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de todos los activos titularidad del concursado GUADAIRA HOGAR, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Viernes, 5 de abril de 2024, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Lunes, 15 de abril de 2024, a las 18:00 horas

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de DIEZ (10) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Las ventas de estos activos se realizarán libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes y derechos.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta. Una vez cerradas las subastas, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

7. La subasta extrajudicial se establece CON SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO DE 584.487,47 €, es decir, se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para evitar que se presenten posturas irreales que solo tengan como finalidad la dilación del procedimiento, la validez de las mismas quedará condicionada a que la oferta se dirija a la administración concursal acompañando la documentación acreditativa de haber realizado, en la cuenta de consignaciones y depósitos del Juzgado de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 2ª), una consignación equivalente al diez por ciento del valor de la oferta:


LOTE TIPO MÍNIMO DEPÓSITO
LOTE UNICO - VIVIENDAS Y APARCAMIENTOS EN ALCALÁ DE GUADAIRA 584.487,47 € 58.448,75 €

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, esta reserva quede para la nueva subasta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

La Administración Concursal, podrá exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor. Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario de un bien o derecho haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado. No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario. 

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.


Gastos, impuestos y cargas
[*] Deuda de IBI pendiente: Se desconoce
[*] Deuda de Comunidad de Propietarios: Se desconoce

Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.


Documentos

Activos que componen el lote